En Previcat realizamos Adecuaciones de maquinaria según el Real Decreto 1215/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo por parte de los trabajadores.
En base a lo dispuesto en el R.D. 1215/97, « todas las empresas deben llevar a cabo un proceso de adaptación de su parque de maquinaria a las disposiciones establecidas en los anexos I y II del citado Real Decreto.
Los equipos de trabajo que no tienen marcado CE, deben ser examinados para comprobar que cumplen con todos y cada uno de los requisitos indicados en el R.D. 1215/1997. Cualquier anomalía detectada en ellos supone una disconformidad con la norma y precisa ser subsanada mediante la implantación de medidas correctoras. »
Obligaciones del empresario
El empresario, como propietario de los equipos de trabajo de la empresa, tiene la obligación de disponer de máquinas adecuadas al trabajo a realizar, que cumplan cualquier disposición legal o reglamentaria de aplicación y a llevar a cabo un mantenimiento adecuado de las mismas. También tiene la obligación de formar e informar a los trabajadores sobre los riesgos que conlleva el uso de los equipos de trabajo.
¿Cuál es su ámbito de aplicación?
Todos los equipos de trabajo, sin excepción, independientemente del tipo y de
la fecha de puesta en servicio, además de los distintos aparatos, instrumentos
o instalaciones utilizados en el trabajo.
¿En qué
consiste la Adecuación de Maquinaria?
La Adecuación de
máquinas consiste en la identificación de los riesgos existentes en los equipos
de trabajo y la aplicación de las medidas correctoras oportunas para eliminar o
minimizar los riesgos existentes. La finalidad de la adecuación de maquinaria
es obtener la certificación de los equipos de trabajo para cumplir con los requisitos
de seguridad y salud de los mismos.
